Obligar a todos los funcionarios, mujeres y varones, bajo amenazas, a desfilar desnudos delante del Director de una Institución, es una decisión que patentiza la locura del que dio tal orden, y constituye un criminal atropello a la dignidad de la persona humana.
Artículo 33.- Del derecho a la intimidad
La intimidad personal y familiar, así como el respeto a la vida privada, son inviolables.
La conducta de las personas, en tanto no afecte al orden público establecido en la ley o a los derechos de terceros, estará exenta de la autoridad pública. Se garantizan el derecho a la protección de la intimidad, de la dignidad y de la imagen privada de las personas.
Hay dos formas de desnudarse:
- Sacándose toda la ropa: es la desnudez del cuerpo.
- Relatando todo lo que uno piensa, siente y hace en su intimidad: es la desnudez del alma.
Ambas desnudeces se dan: en el Consultorio del Médico, la primera; y en el Consultorio del Psicólogo Clínico, la segunda.
Ambas desnudeces corresponden a la intimidad y a la imagen privada de las personas, cuya protección, lo repito, está garantizada por la Constitución Nacional.
El médico explora la desnudez del cuerpo de su paciente, varón o mujer, a través de la vista y del tacto durante la inspección médica.
El psicólgo explora la desnudez del alma de su paciente, varón o mujer, a través de la conversación referente a sus experiencias y actividades más íntimas, y de la aplicación de Test.
En ambos casos, la revelación de la intimidad personal tiene lugar por el consentimiento pleno del paciente.
Fuera de esas dos situaciones, se da también la desnudez sexual con la pareja, actividad que es patrimonio inviolable de cada persona, no de terceros, y menos aún si se realiza por la fuerza, la extorsión o el chantaje, todo lo cual constituye abuso o violación sexual. MMPI®-2, Inventario Multifásico de Personalidad de Minesota.
|
|
|
|
|
|
- ¿Qué derecho tiene el Jefe, y todos los que podrán tener acceso al LEGAJO PERSONAL DEL FUNCIONARIO, de saber si su Secretaria experimenta fuertes impulsos sexuales, y si se siente satisfecha sexualmente con su pareja, o si tiene discordias familiares?
- ¿Qué derecho tiene el Jefe, y todos los que podrán tener acceso al LEGAJO PERSONAL DEL FUNCIONARIO, si el mismo tiene tendencias homosexuales, o si es amoral, o adicto a las drogas?
EN NADA CONTRIBUYE A CONOCER COMPETENCIAS PROFESIONALES, SINO A FISGONEAR INTIMIDADES AJENAS, COMO LO HACEN LOS MIRONES, ATISBANDO DEBAJO DE ESCALERAS, Y DESDE LAS TERRAZAS.
IV- UN TEST NO ES UN TERMÓMETRO
Ningún test psicológico ofrece seguridad absoluta en sus resultados.
- No son como los termómetros que
marcan la temperatura exacta. Muchas veces hay que repetir la prueba,
porque la misma arrojó resultados desconcertantes. Por ejemplo: un
alumno habilísimo en matemática, obtiene un puntaje inferior al normal
en un Test de Inteligencia. O un líder competente en el manejo de su
grupo, resulta con ´puntaje bajo en la Escala de Liderazgo. En esos
casos se acude al Re-Test, es decir, SE REPITE EL TEST.
- Puede ocurrir, entonces, que una persona sexualmente normal, obtenga un resultado de frustrada sexualmente, o, por el contrario, con exagerados impulsos sexuales.
- Menos aún un Test tan complejo como el MMPI: no es cuestión de que hoy viene el paciente, se le toma el Test, y mañana ya sé cómo es él en todos los indicadores en los que ha sido evaluado. Hacer eso es simplemente monstruoso. El Psicólogo debe conocer al paciente, descubrir, a través de la conversación, algunos aspectos, buenos o malos, de su personalidad y, cuando ya se ha ganado la confianza del paciente, lo cual le permitió conocerlo más profundamente, recién entonces podrá aplicarle el MMPI, para confirmar resultados de su observación, o salir de dudas, con respecto a ciertos indicadores que ya exploró mediante la conversación mantenida en varias entrevistas previas.
- POR OTRO LADO CUALQUIER TEST DA RESULTADOS FALSOS
- CUANDO EL SUJETO ES OBLIGADO A SOMETERSE A LA PRUEBA,
- O CUANDO NO ESTÁ CON ÁNIMO PARA RESPONDER A LAS PREGUNTAS,
- O CUANDO NO LE ENCUENTRA UN SENTIDO A LO QUE LE ESTÁN APLICANDO.
- SITUACIONES TODAS QUE TENDRÁN LUGAR EN EL CASO MENCIONADO DE LOS FUNCIONARIOS OBLIGADOS A SOMETERSE A LA APLICACIÓN DE UN TEST QUE EXPLORA SUS INTIMIDADES, ¡EN LA OFICINA!
ENTONCES EL MMPI-2, Y CUALQUIER OTRO TEST, FUERA DEL ÁMBITO DEL CONSULTORIO NO SIRVEN MÁS QUE PARA DESFIGURAR LA REALIDAD PSICOLÓGICA DE LA PERSONA ATROPELLANDO SUS DERECHOS CONSTITUCIONALES.
PARA COLMO DE MALES, ¡NO SE LES ENTREGARÁN LOS RESULTADOS DEL TEST A LOS FUNCIONARIOS QUE HAN SIDO EVALUADOS!, VIOLANDO ASÍ EL Art. 135 de la Constitución Nacional, referente al Habeas Data, que dice:
“Toda
persona puede acceder a la información y a los datos que sobre sí
misma, o sobre sus bienes, obren en registros oficiales o privados de
carácter público, así como conocer el uso que se haga de los mismos y de
su finalidad. Podrá solicitar ante el magistrado competente la
actualización, la rectificación o la destrucción de aquéllos, si fuesen
erróneos o afectaran ilegítimamente sus derechos.”
SIN EMBARGO LO HAN HECHO EN LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (SFP) DE NUESTRO PAÍS.
V- ESTA ES LA NOTICIA:
Examen para detectar problemas mentales causa revuelo en la SFP
Un test, que permitirá detectar trastornos de personalidad en los funcionarios, fue ordenado en la Secretaría de la Función Pública (SFP). La decisión generó malestar y la mayoría se niega a someterse.
La Secretaría de la Función
Pública (SFP) dispuso, mediante una circular, la aplicación de un examen
utilizado en el campo de la salud mental denominado Tests de Minnesota
(MMPI- 2), que se utiliza para la detección de trastornos de la
personalidad.
La circular causó revuelo al interior de la institución que cuenta con 150 funcionarios, ya que los mismos no creen pertinente que el tests deba ser aplicado. Además, desconocen el motivo que le impulsó al ministro Humberto Peralta a disponer la realización de la prueba.
El hecho llamó incluso la atención de especialistas en la materia, como el psiquiatra Manuel Fresco, quien, al ser consultado, indicó que el tests se aplica, hasta el momento, solamente en consultorios.
Peralta dispuso que tres personas sean las encargadas de aplicar el tests y son María Marcia Jiménez, Rita Hevia y Andrea Mancuello. Esta última fue recientemente contratada mediante un concurso y mantiene una amistad con el ministro, según fuentes.
La circular está fechada el 24 de junio y debía aplicarse desde el 26 de ese mes hasta el 3 de julio. Sin embargo, todavía no se está cumpliendo, debido a que los funcionarios se niegan a firmar la hoja de autorización.
En la misma hoja se explica que los funcionarios serán sometidos a una evaluación psicométrica que consiste en la realización de tres pruebas: Escala de bienestar psicológico, batería de pruebas de admisión y el controvertido test (MMPI- 2). La información proveída será anexada al legajo personal, lo que también causa malestar en el funcionariado.
Además, los funcionarios solo podrán acceder a los resultados del tests con un pedido por escrito, con la aprobación de la Dirección de Gestión y Desarrollo de las personas y en presencia del director del área del funcionario.
Desconocimiento. Los estatales tuvieron conocimiento de la medida a ser implementada con la distribución de la circular y la hoja de autorización, pero nadie explicó los alcances de la misma. La circular menciona que la disposición se basa en el artículo 57 de la Ley de la Función Pública que indica que es "obligación de los funcionarios públicos someterse periódicamente a los exámenes psicofísicos que determine la reglamentación pertinente".
El objetivo de la medida, siempre según la circular, es mejorar el clima y la productividad laboral de los servidores públicos de la institución.
ÚH intentó comunicarse con el ministro, pero su celular daba apagado y en la oficina tampoco atendió.
Descuento. La circular señala que los funcionarios que se ausenten sin justificación en los días de aplicación de la prueba serán pasibles de descuento de sus salarios. Misma medida se utilizó el 26 de marzo para evitar que los funcionarios participen de la huelga contra el Gobierno.
Otra disposición que genera rechazo es la que reduce la duración del horario del almuerzo de una a media hora.
Queridos amigos:
Urge, más bien, contar con algún TEST ANTICORRUPCIÓN, QUE DETECTE DICHA TENDENCIA, PARA EVITAR QUE PERSONAS ADICTAS AL ROBO DE LAS ARCAS DEL ESTADO ACCEDAN A LA FUNCIÓN PÚBLICA.
PERO DICHO TEST NO EXISTE, Y SI EXISTIERA NO LO APLICARÍAN.
Cordiales saludos:
Dr. Francisco Oliveira y Silva
Psicólogo Clínico
La circular causó revuelo al interior de la institución que cuenta con 150 funcionarios, ya que los mismos no creen pertinente que el tests deba ser aplicado. Además, desconocen el motivo que le impulsó al ministro Humberto Peralta a disponer la realización de la prueba.
El hecho llamó incluso la atención de especialistas en la materia, como el psiquiatra Manuel Fresco, quien, al ser consultado, indicó que el tests se aplica, hasta el momento, solamente en consultorios.
Peralta dispuso que tres personas sean las encargadas de aplicar el tests y son María Marcia Jiménez, Rita Hevia y Andrea Mancuello. Esta última fue recientemente contratada mediante un concurso y mantiene una amistad con el ministro, según fuentes.
La circular está fechada el 24 de junio y debía aplicarse desde el 26 de ese mes hasta el 3 de julio. Sin embargo, todavía no se está cumpliendo, debido a que los funcionarios se niegan a firmar la hoja de autorización.
En la misma hoja se explica que los funcionarios serán sometidos a una evaluación psicométrica que consiste en la realización de tres pruebas: Escala de bienestar psicológico, batería de pruebas de admisión y el controvertido test (MMPI- 2). La información proveída será anexada al legajo personal, lo que también causa malestar en el funcionariado.
Además, los funcionarios solo podrán acceder a los resultados del tests con un pedido por escrito, con la aprobación de la Dirección de Gestión y Desarrollo de las personas y en presencia del director del área del funcionario.
Desconocimiento. Los estatales tuvieron conocimiento de la medida a ser implementada con la distribución de la circular y la hoja de autorización, pero nadie explicó los alcances de la misma. La circular menciona que la disposición se basa en el artículo 57 de la Ley de la Función Pública que indica que es "obligación de los funcionarios públicos someterse periódicamente a los exámenes psicofísicos que determine la reglamentación pertinente".
El objetivo de la medida, siempre según la circular, es mejorar el clima y la productividad laboral de los servidores públicos de la institución.
ÚH intentó comunicarse con el ministro, pero su celular daba apagado y en la oficina tampoco atendió.
Descuento. La circular señala que los funcionarios que se ausenten sin justificación en los días de aplicación de la prueba serán pasibles de descuento de sus salarios. Misma medida se utilizó el 26 de marzo para evitar que los funcionarios participen de la huelga contra el Gobierno.
Otra disposición que genera rechazo es la que reduce la duración del horario del almuerzo de una a media hora.
Queridos amigos:
Urge, más bien, contar con algún TEST ANTICORRUPCIÓN, QUE DETECTE DICHA TENDENCIA, PARA EVITAR QUE PERSONAS ADICTAS AL ROBO DE LAS ARCAS DEL ESTADO ACCEDAN A LA FUNCIÓN PÚBLICA.
PERO DICHO TEST NO EXISTE, Y SI EXISTIERA NO LO APLICARÍAN.
Cordiales saludos:
Dr. Francisco Oliveira y Silva
Psicólogo Clínico
Y como necesitan un número apreciable de sujetos a los cuales aplicar losTest, suelen recurrir, contra toda ética, a sus propios alumnos o, como en este caso, al personal de alguna oficina, usando la mediación de algún directivo, amigo, o pariente, que trabajan allí.
Me consta algún caso concreto de aplicación del MMPI ocurrido en una Universidad de Paraguay.
¿No será este el caso de María Marcia Jiménez, Rita Hevia y Andrea Mancuello?
"No se debe descartar ninguna hipótesis" suelen decir los investigadores.
No hay comentarios:
Publicar un comentario