CÓMO EDUCAR A LOS HIJOS CON VERDADERO AMOR
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El actual gobierno, a través del MEC pretende llevar a cabo el espeluznante Proyecto de "TRANSFORMAR LA EDUCACIÓN".
LA EDUCACIÓN SE LLEVA A CABO PRINCIPALMENTE EN LOS HOGARES, LUEGO EN LAS ESCUELAS, LAS UNIVERSIDADES, Y OTRAS INSTITUCIONES.
LAS INSTITUCIONES DEBEN CONTAR CON UN PLAN DE ESTUDIOS en el cual contemple la ORIENTACIÓN DEL INDIVIDUO A SU DESARROLLO E INTEGRACIÓN PLENA A LA SOCIEDAD.
¿Qué es la educación?
Se denomina educación a la facilitación del aprendizaje o de la obtención de conocimientos, habilidades, valores y hábitos en un grupo humano determinado, por parte de otras personas más versadas en el asunto enseñado y empleando diversas técnicas de la pedagogía: la narración, el debate, la memorización o la investigación.
La educación es un proceso complejo en la vida del ser humano, que ocurre fundamentalmente en el seno de la familia y luego en las distintas etapas de la vida escolar o académica que el individuo transite (desde el kindergarten hasta la universidad).
Sin embargo, no solo el conocimiento organizado y compartimentado de las ciencias y los saberes es educación: también lo son las tradiciones locales, las creencias familiares o los modos de conducta heredados.
Los filósofos occidentales como Sócrates, Platón y Aristóteles pueden ser considerados como los primeros educadores. Fueron ellos quienes aplicaron diferentes métodos para promover la educación y el desarrollo del pensamiento crítico.
La primera escuela en fundarse fue la Academia de Platón, considerada como modelo de las escuelas y universidades del presente.
La educación, los métodos de enseñanza y aprendizaje, son los objetos de estudio de la pedagogía, la cual toma en cuenta tanto la educación formal como la no formal.
Objetivos de la educación
El aprendizaje es innato del ser humano, por ello la educación es un proceso esencial que es indetenible y complejo.
La educación forma a personas libres de pensamiento, creencia y opinión, capaces de distinguir lo bueno de lo malo, en un intento de compartir sus conocimientos a los demás.
Cabe destacar que, la libertad que se obtiene de la educación, está limitada en función de respetar a los demás y evitar los abusos de poder.
En este sentido, la educación busca que las personas cuenten con una vida plena y respetuosa, que tengan la confianza de saber cuáles son sus mejores opciones y qué aportes pueden ofrecer para contribuir a una mejor sociedad, donde los individuos conozcan cuáles son sus derechos y deberes como ciudadanos.
No obstante, la educación debe estar guiada o conducida por aquellos que poseen un amplio conocimiento en diversas áreas, como los padres, los docentes o los especialistas. También implica, necesariamente, una gran disciplina y constancia por parte del estudiante o aprendiz en general.
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Artículo 137 - DE LA SUPREMACIA DE LA CONSTITUCION
La ley suprema de la República es la Constitución. Esta, los tratados, convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados, las leyes dictadas por el Congreso y otras disposiciones jurídicas de inferior jerarquía, sancionadas en consecuencia, integran el derecho positivo nacional en el orden de prelación enunciado.
Quienquiera que intente cambiar dicho orden, al margen de los procedimientos previstos en esta Constitución, incurrirá en los delitos que se tipificarán y penarán en la ley.
Esta Constitución no perderá su vigencia ni dejará de observarse por actos de fuerza o fuera derogada por cualquier otro medio distinto del que ella dispone.
Carecen de validez todas las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido en esta Constitución.
Artículo 138 - DE LA VALIDEZ DEL ORDEN JURÍDICO
Se autoriza a los ciudadanos a resistir a dichos usurpadores, por todos los medios a su alcance. En la hipótesis de que esa persona o grupo de personas, invocando cualquier principio o representación contraria a esta constitución, detenten el poder público, sus actos se declaren nulos y sin ningún valor, no vinculantes y, por lo mismo, el pueblo en ejercicio de su derecho de resistencia a la opresión, queda dispensado de su cumplimiento.
Los estados extranjeros que, por cualquier circunstancia, se relacionen con tales usurpadores no podrán invocar ningún pacto, tratado ni acuerdo suscrito o autorizado por el gobierno usurpador, para exigirlo posteriormente como obligación o compromiso de la República del Paraguay.
Cordiales saludos
Dr. Francisco Oliveira y Silva
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